Exoneración del impuesto predial: adultos mayores que cumplan 60 años en Perú pueden solicitar este beneficio en 2025
Los adultos mayores en Perú que cumplan 60 años pueden solicitar la exoneración del impuesto predial, aliviando su carga económica con requisitos específicos.
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Los adultos mayores en Perú que cumplan 60 años pueden solicitar la exoneración del impuesto predial, una medida diseñada para aliviar la carga económica de este sector de la población. Para poder beneficiarse de esta exoneración, es necesario cumplir con ciertos requisitos legales, que incluyen ser dueño de un único inmueble que se utilice como vivienda y que su valor no exceda las 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
En ese sentido, es importante precisar que el impuesto predial es un tributo anual obligatorio para todos los propietarios de inmuebles en el país. No obstante, la normativa actual contempla esta exoneración en favor de los adultos mayores, que reconoce su condición de vulnerabilidad económica y contribuyendo a garantizarles una mejor calidad de vida sin excesivas obligaciones tributarias.
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¿Qué requisitos se necesita para acceder a la exoneración del impuesto predial en Perú?
Los adultos mayores de 60 años a más en el Perú pueden acceder a la exoneración del impuesto predial. De acuerdo con el abogado tributarista Miguel Carrillo, esta exoneración está sujeta al cumplimiento de ciertos requisitos establecidos en la normativa vigente.
Entre las condiciones principales se encuentra que el valor del autoavalúo del inmueble no puede superar las 50 UIT, lo que equivale a S/ 267.500 en el año 2025. Si la propiedad se encuentra dentro de este rango, el solicitante puede quedar exonerado del impuesto predial. Además, los ingresos brutos mensuales del adulto mayor no deben exceder 1 UIT, es decir, S/ 5,350.
Otro de los requisitos indispensables es que la persona sea propietaria de un único inmueble, inscrito a su nombre o al de la sociedad conyugal, el cual debe ser utilizado como vivienda principal. No obstante, se permite que este inmueble se destine parcialmente a actividades productivas, comerciales o profesionales, siempre que cuente con la autorización respectiva de la municipalidad.
Así puedes solicitar la exoneración del impuesto predial para adultos mayores de 60 años en Perú
Para solicitar la exoneración del impuesto predial, los adultos mayores deberán acercarse a la municipalidad del distrito donde se encuentra ubicado su vivienda. El trámite exige la presentación de ciertos documentos, como el DNI del titular o de su representante legal, además de la última boleta de pago o cualquier comprobante que certifique los ingresos personales o de la sociedad conyugal.
Asimismo, cada municipalidad dispone de un formato específico de solicitud, el cual debe ser solicitado y completado por el interesado(a). En esa línea, es indispensable acreditar la propiedad del inmueble, ya que este requisito es esencial para que el proceso pueda gestionarse de manera adecuada.
¿En qué consiste el impuesto predial?
En Perú, el impuesto predial es un tributo municipal que se debe pagar anualmente los propietarios de inmuebles, ya sean terrenos, casas, edificios u otras propiedades ubicadas en zonas urbanas o rurales. Este impuesto se calcula tomando como referencia el valor del inmueble, determinado por la municipalidad correspondiente, considerando factores como su ubicación, uso, antigüedad y características físicas.
¿Cómo pagar el impuesto predial en Perú?
El impuesto predial es un tributo municipal que deben pagar todos los propietarios de predios urbanos o rústicos en el Perú. Este impuesto se destina a financiar los servicios públicos y obras dentro de cada jurisdicción municipal. Los titulares o encargados se deben acercar a las oficinas de su municipalidad y efectuar el pago de este impuesto.
¿Es obligatorio el pago del impuesto predial?
En Perú, el pago del Impuesto Predial es obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas que sean propietarias de un bien inmueble, ya sea casa, departamento, terreno o local comercial. Este impuesto, que se paga anualmente a la municipalidad donde se ubica el predio, grava el valor del inmueble y permite a los gobiernos locales financiar servicios y obras públicas.
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