Congreso promulga ley que obliga a los medios a ceder el 10% de su programación para prevenir la violencia de género
Los medios escritos, radiales, televisivos y de otras modalidades tanto públicas como privadas deberán entregar al Estado de forma gratuita el 10 % de su espacio para programas de prevención de la violencia contra la mujer y el grupo familiar
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El Congreso promulgó una ley que obliga a los medios de comunicación a ceder el 10% de su programación a emitir una franja educativa que sensibilice a la ciudadanía sobre la violencia contra la mujer y demás integrantes del grupo familiar. Esta norma está dirigida a medios escritos, radiales, televisivos y de otras modalidades, ya sean públicos o privados.
La ley modifica el artículo 46 de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, el cual señala que los medios de comunicación deben tratar con "objetividad informativa, la defensa de los derechos humanos, la libertad y dignidad de las mujeres víctimas de violencia".
A esta norma se le agrega que las instituciones públicas articuladas en el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar podrán acceder de forma gratuita al uso de la franja educativa del 10 % de la programación que los medios de comunicación facilitarán en el horario de protección familiar.
El objetivo es que en dicho espacio "se desarrollen contenidos vinculados a la sensibilización, prevención, atención, protección, sanción y reeducación" para la erradicación de la violencia de género.
La autógrafa fue aprobada por el Pleno del Congreso, el último 22 de mayo, con 80 votos a favor y tres abstenciones. Anteriormente, la norma fue observada por el Poder Ejecutivo, tomando como origen el proyecto de ley de la congresista Mery Infantes (FP), referido a la necesidad de la contribución de los medios de comunicación a fin de generar sensibilización masiva a través de los espacios educativos.
Durante la sustentación en el Pleno, Infantes precisó que la iniciativa no implica una sesión gratuita y contraprestación alguna de parte del Estado. En lugar de ello, se contempla una compensación para los medios de comunicación, mediante la posibilidad de acceder a una reducción del pago del canon por el uso del espectro radio eléctrico y electromagnético, por lo que no se perjudican sus ingresos.
“Estamos ante un problema estructural que afecta directamente a la vida, dignidad e integridad de miles de mujeres y familias en nuestro país. El Estado tiene la obligación de optar medidas firmes y efectivas contra la erradicación de la violencia”, expresó.
Fue el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas, Inteligencia Financiera, Ilich López (AP), quien respondió la observación del Ejecutivo. Informó que su grupo de trabajo indicó que las instituciones públicas accedan en forma gratuita a la franja educativa del 10% de la programación que ya forma parte de la ley.
“Esa ha sido la norma, lo que se ha hecho es precisar para que ese 10% sea enfocado, específicamente, en condenar el maltrato y la violencia de género”, dijo.
En ese sentido, enfatizó que el Poder Ejecutivo cuestionó el acceso gratuito, pero ese concepto ya estaba en la norma. Asimismo, dijo que no tiene razón el Ejecutivo cuando pretende cuestionar que se vulnera la autonomía de los radiodifusores; y cuando considera que se limita la voluntad de los medios de comunicación en la elección de sus contenidos, porque ya estaban previstos en la ley.